La SCJN, con ponencia del ministro Giovanni Figueroa Mejía, analizó la reforma al artículo 132 de la Ley General de Víctimas promulgada en 2020, que eliminó la garantía presupuestal mínima tras la extinción de fideicomisos; aunque cinco ministros —incluidas Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y el presidente Hugo Aguilar— consideraron la modificación regresiva y contraria al principio de progresividad, cuatro —Lenia Batres, Estela Ríos, Irving Espinosa y Sara Herrerías— la avalaron al argumentar mayor protección y evitar revivir mecanismos financieros extinguidos.
Ante la ausencia de seis votos requeridos, el Pleno desestimó la declaratoria 6/2024 derivada de un amparo promovido por el Centro Prodh, pese a que la extinta Primera Sala declaró inconstitucional la norma en 2024 por diluir derechos sin justificación suficiente; con ello, prevalece la eliminación del porcentaje obligatorio, financiado ahora con bienes decomisados.
Más de 200 organizaciones, entre ellas Artículo 19, Fundar, Tlachinollan y colectivos de buscadoras, condenaron la resolución como un retroceso que vulnera la cosa juzgada y debilita la reparación integral, al exigir al Congreso y al Ejecutivo garantizar recursos estables y progresivos para atención efectiva a víctimas.

