El Congreso de la Ciudad de México aprobó la denominada ‘Ley Crucito’, una reforma al artículo 125 del Código Penal local que impone penas de hasta 30 años de prisión por el homicidio cometido contra un hermanastro, hermanastra, hijastro o hijastra, con la posibilidad de extender la sanción a 50 años si el delito involucra violencia. La medida incluye la pérdida de derechos del agresor sobre la víctima y busca cerrar vacíos legales en casos de violencia familiar.
La iniciativa, presentada para proteger a la niñez y adolescentes, recibió aval en sesión extraordinaria el viernes, con fundamentación de la diputada Elizabeth Mateos Hernández de Morena y voto favorable del congresista Israel Moreno Rivera del PVEM. Anteriormente, tales homicidios se clasificaban como simples y se castigaban con hasta ocho años de cárcel, sin reconocer explícitamente estos parentescos.
La ley lleva el nombre de Crucito, un niño de seis años asesinado en 2024 por la pareja sentimental de su madre en Iztacalco, y se inspira en casos similares como el de Santiago en Guanajuato, con el objetivo de priorizar el interés superior de la niñez conforme a mandatos constitucionales.
