El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó una reforma al Código Penal local que elimina el plazo de 60 días establecido en la ley para que una lesión fuera considerada mortal en casos de homicidio.
Durante la sesión del pleno, las y los diputados avalaron derogar la fracción II del artículo 286 y modificar el artículo 287, con el objetivo de que la responsabilidad penal ya no dependa del tiempo en que ocurra el fallecimiento de la víctima, sino de la relación directa entre la agresión y la muerte.
La iniciativa fue presentada por la diputada de Morena, Analy Peral Vivar, presidenta de la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, quien argumentó que la disposición vigente había quedado rebasada por la realidad.
Señaló que el criterio de los 60 días resultaba obsoleto, ya que limitaba la correcta aplicación de la justicia en aquellos casos donde las lesiones provocadas a una persona derivaban en su fallecimiento después de ese periodo.
Con esta reforma, el Poder Legislativo busca garantizar que las autoridades puedan clasificar como homicidio cualquier agresión que finalmente cause la muerte de una persona, sin importar el tiempo transcurrido, fortaleciendo así el acceso a la justicia y evitando vacíos legales que pudieran favorecer la impunidad.
