Por: Aylin Paredes
Autorizan militares en cargos de elección popular
En medio de la controversia generada por la reciente reforma a la Guardia Nacional, el gobierno federal aclaró que los militares pueden participar en cargos de elección popular mediante una licencia especial contemplada en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea.
Desde Palacio Nacional, las autoridades explicaron que esta disposición está alineada con los artículos 85 y 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que permite a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea competir por puestos políticos sin contravenir el marco legal.
La Ley Orgánica establece cuatro tipos de licencias para los militares: la ordinaria, que cubre hasta seis meses para asuntos personales con goce de sueldo; la ilimitada, para separaciones mayores a seis meses sin remuneración; la licencia por edad límite, que facilita la transición a la vida civil tras 30 años de servicio; y la licencia especial, diseñada específicamente para quienes buscan desempeñar cargos de elección popular, también sin goce de sueldo.
Esta última es la que ha generado debate, al abrir la puerta a la participación política de militares en activo, siempre que soliciten dicha autorización.
La aclaración surge tras cuestionamientos sobre la posible militarización de la vida política, un tema que ha polarizado opiniones. Las autoridades enfatizaron que estas licencias están reguladas y no implican un cambio en las funciones de las Fuerzas Armadas. Sin embargo, el tema continúa generando discusión sobre el equilibrio entre la participación política de militares y la separación entre el ámbito castrense y el civil.
