Una disposición en Jalisco que obligaba a registrar el estado civil en las actas de nacimiento fue frenada, abriendo paso a cambios en la manera en que se protege la información personal en documentos oficiales.
La medida surgió tras un proceso legal en el que se determinó que este tipo de anotaciones vulneraban la privacidad de las personas, al exponer datos que no son necesarios en este documento.
Con esta decisión, se establece que el acta de nacimiento no debe incluir información sobre si una persona es soltera, casada o divorciada, al considerarse un dato sensible que puede dar pie a discriminación o uso indebido.
El cambio impacta directamente en la operación del Registro Civil, que deberá ajustar sus formatos y eliminar este tipo de referencias en futuras actas.
Este caso se suma a otros criterios que buscan reforzar la protección de datos personales en México, especialmente en documentos que forman parte de la identidad legal de las personas.
Más allá del aspecto administrativo, la resolución marca un precedente en materia de privacidad, al reconocer que no toda la información debe ser pública en registros oficiales.
