La presidenta Claudia Sheinbaum envió al Senado la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Feminicidio, que establece penas de 50 a 70 años de prisión para quienes priven de la vida a una mujer por razones de género. La propuesta prohíbe reducciones de condena, acuerdos reparatorios, amnistías, indultos y el uso de atenuantes como emoción violenta, honor o costumbres. Además, declara imprescriptible el delito y obliga a los congresos locales a armonizar sus legislaciones en un plazo de un año tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La norma contempla agravantes que incrementan la pena hasta en una mitad, como cuando la víctima es niña, adolescente, persona con discapacidad o se encuentra embarazada; si hijas o familiares presencian el hecho; si el agresor es servidor público; o si se cometen actos de crueldad, mutilación o ataques con ácido. Los responsables pierden la patria potestad, derechos hereditarios y, en caso de servidores públicos, enfrentan inhabilitación equivalente al tiempo de la condena. Toda muerte violenta de mujer deberá investigarse como feminicidio con perspectiva de género, bajo un protocolo nacional homologado emitido por la Fiscalía General de la República.
La iniciativa crea el Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad por Feminicidio, a cargo del Sistema Nacional DIF, para identificar a las víctimas indirectas, garantizar su protección y acceso prioritario a programas sociales, atención médica y restitución de derechos. Los lineamientos operativos se publicarán en un máximo de 180 días hábiles y el registro entrará en funciones en no más de 360 días naturales. La Secretaría de las Mujeres coordinará la implementación de la política pública, la capacitación de personal y la evaluación de resultados.

