La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a las autoridades de Oaxaca traducir al zapoteco del Valle de Oaxaca la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género (LEAMVLV). El fallo, aprobado por unanimidad, responde a un amparo promovido por María Fernanda Hernández Morales, activista zapoteca, quien denunció la omisión del Congreso local en difundir esta ley en lenguas indígenas. La sentencia establece jurisprudencia y obliga a la Secretaría de Interculturalidad, Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (SIPCIA), junto con la Secretaría de la Mujer (Semujeres) y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), a realizar una traducción íntegra. Esta decisión busca garantizar que las mujeres indígenas accedan a sus derechos en su lengua materna.
María Fernanda Hernández, estudiante de Derecho, impugnó una resolución previa del Juzgado Segundo de Distrito, que solo ordenó una síntesis traducida, por considerarla insuficiente y discriminatoria. La SCJN determinó que la falta de traducción vulnera derechos fundamentales, como el acceso a la información, la igualdad y una vida libre de violencia. La ministra Lenia Batres Guadarrama, ponente del proyecto, destacó que la Constitución y tratados internacionales exigen proteger los derechos lingüísticos de las comunidades indígenas. La traducción completa debe difundirse mediante materiales escritos, audiovisuales y digitales en las comunidades zapotecas.
El fallo abre la puerta para que otras comunidades indígenas exijan traducciones de leyes en sus lenguas originarias, fortaleciendo el acceso a la justicia con un enfoque intercultural. La SIPCIA, Semujeres e INALI deberán coordinarse para cumplir la sentencia, que reconoce la obligación del Estado de erradicar barreras lingüísticas. Este precedente refuerza los derechos de las mujeres indígenas frente a la violencia de género. La resolución responde a una lucha de años por la igualdad y el respeto a la diversidad cultural en México.

