Nere González
Tras la resolución dictada por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al declarar inconstitucional las acciones que realizó la 64 legislatura del Congreso Local, el Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno (OGAIPO), operaría en la ilegalidad.
La Corte argumentó que la remoción de los comisionados del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Oaxaca (IAIPO), así como el cambio de nombre, fue una intromisión indebida del Congreso local.
Por lo que invalidó el artículo Cuarto transitorio del decreto de reforma a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, en el cual se preveía, entre otros aspectos, que el Congreso local designaría a las y los comisionados integrantes del nuevo Órgano Garante.
Esta acción, no solo deja en el limbo al OGAIPO, ya que al declarar que fue inconstitucional su creación y la designación de los Comisionados, prácticamente su operación estaría en la ilegalidad, de acuerdo con lo emitido por la SCJN.
La Corte reiteró el criterio sostenido al resolver la acción de inconstitucionalidad 127/2020, en la cual se determinó que los nombramientos de los comisionados que hubieran sido emitidos cuando un instituto garante local ya contara con la naturaleza de órgano constitucional autónomo, debían ser respetados porque con ello se garantiza la independencia y autonomía que reviste a estos órganos.
Al respecto, el Comisionado presidente del OGAIPO, Josué Solana Salmorán, a través de su red social de X, apuntó que continuará al frente del organismo, es decir, hasta no tener los alcances que esta resolución generará, el Órgano Garante seguirá en funciones pese a la sentencia de inconstitucionalidad.