En una sesión privada, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ordenado la suspensión de la tramitación de todos los amparos pendientes de resolución en tribunales colegiados de México que aborden la validez de la prisión preventiva según el artículo 19 de la Constitución.
Esta medida cautelar se tomó para garantizar que las decisiones judiciales sean coherentes con los futuros criterios que la Corte establecerá en juicios constitucionales relacionados con la prisión preventiva, y para asegurar la conformidad con las convenciones internacionales sobre este tema.
En respuesta a la situación actual, se decidió suspender los trámites de todos los amparos centrados en la prisión preventiva. La ministra Lenia Batres Guadarrama respaldó esta determinación, destacando que proporcionará seguridad jurídica a quienes enfrentan procesos relacionados con esta medida cautelar.
Se establece que cualquier caso que involucre el estudio de fondo de la prisión preventiva oficiosa debe considerar el criterio establecido en la resolución de la contradicción de tesis 293/2011, que vincula las convenciones internacionales de derechos humanos en la materia.