En días recientes, una imagen con el logotipo de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha circulado en redes sociales, sugiriendo una lista oficial de alimentos autorizados para ingresar a las salas de cine en México. Sin embargo, la Profeco ha desmentido la autenticidad de dicha información, aclarando que no ha emitido ningún listado oficial al respecto.
La Profeco enfatiza que, aunque los consumidores tienen derecho a decidir si adquieren alimentos dentro de los cines, estos establecimientos operan bajo contratos de adhesión. Según los artículos 42 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), dichos contratos establecen las condiciones del servicio, incluyendo políticas sobre el ingreso de alimentos externos. Por lo tanto, si un cine especifica en sus términos que no se permite la entrada con comida del exterior, los clientes deben acatar esta norma o considerar opciones alternativas.
En relación con la revisión de pertenencias al ingresar a las salas, el artículo 10 de la LFPC prohíbe a los proveedores realizar acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad del consumidor. El titular de la Profeco, Iván Escalante Ruíz, ha señalado que, aunque los cines pueden solicitar voluntariamente a los clientes mostrar el contenido de sus mochilas, no están autorizados a realizar revisiones forzadas, ya que esto sería ilegal.