El Congreso de Puebla aprobó con 35 votos a favor, cinco en contra y una abstención la “Ley de Ciberseguridad”, una reforma al Código Penal local que castiga con penas de 11 meses a tres años de prisión a quien insulte, ofenda, agravie o veje de manera insistente a otra persona a través de redes sociales, correo electrónico o cualquier plataforma digital. La iniciativa, presentada por el coordinador de Gabinete del gobernador Alejandro Armenta, José Luis García Parra, en noviembre de 2024, tipifica el delito de “ciberasedio” y busca sancionar prácticas como la usurpación de identidad, el espionaje digital y el fraude electrónico.
La reforma establece que el ciberasedio implica el uso de tecnologías de la información para causar daño físico o emocional a una persona, con sanciones que incluyen multas de 50 a 300 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a unos 33 mil 942 pesos. Si la víctima es menor de edad, las penas aumentan hasta dos tercios de la sanción máxima, presumiendo un daño a su desarrollo psicoemocional. La iniciativa también contempla penas de hasta ocho años por usurpación de identidad, enfocándose en proteger a la población de la violencia digital.
La aprobación en comisiones ocurrió el 11 de junio de 2025, y el Pleno del Congreso votó el dictamen en sesión ordinaria un día después. La Secretaría de Seguridad Pública de Puebla, a través de su Policía Cibernética, ya había identificado casos de ciberacoso, lo que impulsó la urgencia de esta legislación, según García Parra. La ley entrará en vigor tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado, generando un nuevo marco jurídico para regular el uso de plataformas digitales en Puebla.
