La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Registro de Deudores Alimentarios de Oaxaca es constitucional y no vulnera derechos fundamentales. Este registro, que busca garantizar el cumplimiento de pensiones alimentarias, se ha convertido en un instrumento clave para priorizar los derechos de niñas, niños y adolescentes en el estado.
Desde su implementación, este mecanismo enfrentó diversos amparos interpuestos por personas que consideraron que su inclusión en el listado afectaba derechos como el trabajo y la honra. Sin embargo, la SCJN resolvió que el registro tiene carácter temporal y no es punitivo, pues los nombres de los deudores se eliminan una vez que se regularizan los pagos. En Oaxaca, el listado incluye actualmente a 262 personas, de las cuales el 99% son hombres.
La reciente sentencia también sienta un precedente jurídico a nivel nacional, dado que 17 estados han adoptado registros similares. Sin embargo, algunos enfrentan desafíos relacionados con su implementación efectiva debido a desinformación y resistencia institucional.
Esta resolución subraya la importancia de garantizar la transparencia y proteger el bienestar de niñas, niños y adolescentes. Además, refuerza la obligación de las autoridades estatales de implementar políticas públicas que aseguren el cumplimiento de las pensiones alimentarias, contribuyendo al desarrollo integral de las infancias.